Convocatoria

Convocatoria Pública

De acuerdo con la información actual la convocatoria y los plazos de solicitud se resumen en los siguientes puntos:

Estado de la Convocatoria

Actualmente, la información se basa en un Proyecto de Orden y documentos provisionales. La convocatoria formal para presentar solicitudes de ayuda debe ser publicada por la Junta de Andalucía en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

• Intervención vinculada: La convocatoria principal corresponde a la Intervención 7119.2 del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) 2023-2027.

• Publicidad: Una vez publicada, el Grupo de Desarrollo Rural (GDR) ADSUR también la difundirá en su página web y en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de la comarca.

Plazo de Solicitud

  • Disponibilidad general: Según la Estrategia de Desarrollo Local (EDL), la convocatoria para presentar solicitudes estará abierta durante todo el periodo de programación (2023-2027).
  • Plazo específico: El plazo exacto de inicio y fin para cada línea de ayuda será determinado específicamente en la resolución de la convocatoria una vez sea validada por la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria.
  • Inadmisión: No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo que finalmente se establezca en dicha convocatoria.

Procedimiento y Resolución

  • Forma de presentación: Las solicitudes deberán presentarse de manera online a través del portal de la Junta de Andalucía, utilizando los formularios oficiales que se incorporen en la convocatoria.
  • Plazo de resolución: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión es de seis meses desde que la solicitud tenga entrada en el registro.
  • Régimen de concesión: Las ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia no competitiva, lo que significa que se resolverán por orden de entrada siempre que cumplan los requisitos y exista disponibilidad presupuestaria.

Para más detalles, los documentos indican que se realizarán jornadas informativas municipales durante los dos meses posteriores a la publicación oficial de la convocatoria para asesorar a las personas interesadas.

Temporalidad de las ayudas

Periodo de Aplicación y Convocatorias

  • Marco temporal general: Las ayudas se enmarcan en el periodo de programación 2023-2027.
  • Disponibilidad: Las convocatorias para presentar solicitudes estarán abiertas durante todo el periodo de programación.
  • Resolución del procedimiento: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de una solicitud es de seis meses desde su entrada en el registro.

Plazos de Ejecución de las Operaciones

  • Inicio de la operación: Con carácter general, las operaciones no pueden haber concluido físicamente ni haberse ejecutado íntegramente antes de presentar la solicitud de ayuda. Cualquier inicio previo a la resolución de concesión se realiza a riesgo y ventura de la persona solicitante.
  • Duración de la ejecución: El plazo exacto se fija en la resolución de concesión. No obstante, existen casos específicos:

 

Línea 2.7 (PASE Rural): El plan empresarial debe implementarse en un plazo máximo de veinticuatro meses desde su comienzo.

  • Prórrogas: Se puede solicitar una prórroga de ejecución hasta un mes antes de que finalice el plazo original, exponiendo las razones y un nuevo cronograma.

 

Plazos de Justificación y Pago

  • Justificación de gastos: La cuenta justificativa debe presentarse en un plazo máximo de tres meses desde que finaliza el periodo de ejecución.
  • Ampliación de justificación: No podrá exceder de la mitad del plazo inicialmente establecido.
  • Aceptación de la ayuda: Tras la notificación de la resolución, el beneficiario dispone de quince días para aceptar expresamente la subvención; de lo contrario, perderá su eficacia.

Temporalidad en la Creación de Empleo

Periodo subvencionable del empleo:

  • Empleos temporales: Hasta un máximo de 6 meses dentro del periodo de ejecución.
  • Empleos permanentes o autoempleo: Hasta un máximo de 12 meses dentro del periodo de ejecución.
  • Mantenimiento del empleo: Los nuevos puestos de trabajo creados deben mantenerse cubiertos durante un mínimo de 3 años desde que finalice el periodo subvencionado.

Durabilidad y Mantenimiento de las Inversiones

Una vez recibido el pago final, existen compromisos de permanencia para evitar el cese o traslado de la actividad:

  • Inversiones en infraestructuras o productivas: Deben mantenerse durante los cinco años posteriores al pago final.
  • Pequeñas y Medianas Empresas (PYME): Este plazo de mantenimiento se reduce a tres años.
  • Infracciones: La administración tiene la facultad de perseguir infracciones que prescriben a los cuatro años de haberse cometido.