
RESUMEN DE LAS AYUDAS PARA EMPRESAS EN LA EDL 2023-2027 DE LA SIERRA SUR DE JAÉN
La nueva Estrategia de Desarrollo Local (LEADER) ofrece ayudas para proyectos que dinamicen nuestra comarca, cofinanciadas por la Unión Europea (FEADER) y la Junta de Andalucía.
LÍNEAS DE AYUDA PARA EMPRESAS, PERSONAS AUTONOMAS Y ASOCIACIONES
Línea 1. Sector Agrario y Forestal
Ayudas para explotaciones agrarias, empresas de transformación agroalimentaria y servicios que mejoren la competitividad y sostenibilidad del sector.
Línea 2. Diversificación Económica
Fomento de la creación y mejora de pymes en sectores no agrarios (comercio, turismo, servicios) y apoyo específico a nuevas personas autónomas mediante el programa «PASE RURAL».
¿QUIÉNES PUEDEN BENEFICIARSE?
Pueden solicitar estas ayudas:
- Pequeñas y medianas empresas (PYMES).
- Personas autónomas.
¿QUÉ CUANTÍA PUEDO RECIBIR?
Proyectos para Empresas: Por regla general, hasta el 65% de la inversión subvencionable, con un máximo de 200.000 € por operación.
Proyectos para Asociaciones: Hasta el 100% de la inversión con un máximo de 28.000€ por operación.
PASE RURAL (Nuevas personas autónomas): Ayuda a tanto alzado de entre 37.000€ y 50.000€ para personas que inicien su actividad empresarial tras estar en desempleo.
REQUISITOS PARA ACCEDER A LAS AYUDAS
- Viabilidad: El proyecto debe ser técnica y económicamente viable.
- Localización: Debe ejecutarse en el ámbito territorial de la Sierra Sur de Jaén.
- Puntuación mínima: Las solicitudes deben alcanzar al menos 60 puntos según los criterios de selección (empleo creado, innovación, impacto ambiental, etc.).
- No inicio previo: Las inversiones no pueden estar finalizadas antes de presentar la solicitud.
- Mantenimiento del empleo: Los nuevos puestos de trabajo creados deben mantenerse cubiertos durante un mínimo de 3 años.
- Inversiones en infraestructuras o productivas: Deben mantenerse durante los 3 años posteriores al pago final.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se puedan financiar los gastos necesarios para desarrollar el proyecto, siempre que no se hayan iniciado antes de la solicitud. Incluye, entre otros:
- Bienes inmuebles: Construcción, adquisición o mejora.
- Maquinaria y equipamiento: Compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria nueva (durabilidad > 3 años).
- Costes generales: Honorarios de ingenieros, arquitectos, consultoría, estudios de viabilidad y licencias.
- Inversiones intangibles: Software, patentes, licencias y marcas.
- Gastos de personal: Creación de empleo directamente vinculado a la operación.
¿CÓMO SOLICITAR LA AYUDA?
El procedimiento se realiza de forma telemática a través del portal de la Junta de Andalucía. Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de entrada, siempre que se cumplan los requisitos y haya disponibilidad presupuestaria).
Documentación básica necesaria:
- Formulario de Solicitud
- Memoria descriptiva de la operación.
- Plan económico y facturas proforma/presupuestos.
- Acreditación de la titularidad del inmueble, en su caso.
Consultar zona de descarga para ver la documentación completa necesaria.
RÉGIMEN DE COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
Las ayudas son compatibles y acumulables con otros recursos públicos de otras administraciones para la misma operación, siempre que sean fondos compatibles o se destinen a gastos diferentes del mismo proyecto.
Sin embargo, la ayuda de suma a tanto alzado (PASE RURAL) es incompatible con cualquier otra ayuda destinada a la misma operación.
El importe total de todas las ayudas concurrentes nunca podrá superar el coste total del proyecto.
FORMA Y SECUENCIA DE LOS PAGOS
Pago final: Con carácter general, se cobra una vez finalizada y justificada toda la actividad.
Pagos intermedios: Se pueden solicitar si la actuación está dividida en fases con entidad propia, siempre que supongan al menos el 25% de la subvención concedida.
Anticipos: Es posible solicitar un anticipo de hasta el 50% de la ayuda una vez firmada la resolución de concesión, siempre que se aporte una garantía bancaria por el 100% del importe anticipado.
OBLIGACIONES ECONÓMICAS IMPORTANTES
- Para no perder el derecho a recibir la ayuda, el beneficiario debe:
- Mantener la inversión o el empleo creado durante un periodo de al menos 5 años (3 años en el caso de PYMES para bienes muebles) tras el pago final.
- Hacer constar la cofinanciación pública de la Unión Europea (FEADER 85%) y la Junta de Andalucía (15%) en toda la publicidad del proyecto.
REQUISITOS DE LOS GASTOS (SUBVENCIONABILIDAD)
- Moderación de costes: Con carácter general, se deben aportar al menos tres ofertas de diferentes proveedores antes de la contratación, salvo excepciones justificadas.
- Exclusiones: No son subvencionables el IVA (si es recuperable), intereses de deuda, multas, contribuciones en especie ni bienes de equipo de segunda mano.
- Inversiones en inmuebles: El solicitante debe ostentar la titularidad o el derecho de uso del bien sobre el que se invierte en el momento de la solicitud.

